Derechos Humanos: Igualdad, Esclavitud y Trata de Personas
Art. 14: Derechos
Derechos: facultades que los estados reconocen a las personas para asegurar su dignidad y respetar su libertad.
Derechos humanos
Enumerados (arts. 14, 14 bis, 20), no son absolutos.
No enumerados.
Reconocimiento estatal
- Segunda mitad del siglo XVIII: declaración de derechos en EE. UU. y Francia.
- Segunda mitad del siglo XX: después de las guerras mundiales, derechos internacionales. Convención Internacional de Derechos Humanos de la ONU.
Clasificación de los derechos
- Civiles: inherentes a la persona en sí. Su fin es el desarrollo de la propia actividad física e intelectual (vida, honor, intimidad, nombre).
- Patrimoniales: consideran al hombre en su relación con los bienes o cosas de apreciación económica (libertad de controlar, comerciar, ejercer industria, propiedad).
- Políticos: relacionados con la participación en el proceso de gobierno (elegir, ser elegido, constituir partidos políticos).
- Sociales: derechos del trabajador, de los gremios, sindicales y de la seguridad social.
Art. 16: Igualdad
Tipos de igualdad
- Igualdad moral: respeto a la dignidad, sin discriminaciones.
- Igualdad ante la ley: en las mismas circunstancias, las personas deben ser tratadas sin preferencias ni persecuciones.
- Igualdad política: igualdad en el sufragio. La educación es el principal instrumento para acercarse a la idea de igualdad.
- Igualdad de oportunidades: apunta a eliminar las barreras artificiales que impiden el desarrollo de las habilidades naturales.
- Igualdad económica: redistribución equitativa de los recursos económicos. Achicar las diferencias entre quienes más recursos poseen y quienes menos, a través de políticas públicas, SMVM, ayuda social, becas e impuestos progresivos.
- Prohibición de discriminaciones arbitrarias: discriminaciones negativas basadas en raza, religión, sexo, idioma o nacionalidad.
- Prerrogativa de sangre, de nacimiento y títulos de nobleza:
- Sacar beneficios por tener títulos o cargos (ej.: querer eximirse de una infracción mostrando una credencial o patente).
- Beneficio en la herencia para el hijo mayor (mayorazgo).
- Fueros personales (sindical, militar, eclesiástico): se prohíbe hacer valer una condición diferente de los integrantes de un estamento de la sociedad para ser juzgados por sus pares, excluyéndolos de los tribunales ordinarios.
- Idoneidad como único requisito para acceder a cargos públicos: la idoneidad es la aptitud o competencia que tiene una persona para desempeñar una función. Puede ser técnica, física o moral, y puede ser reglamentada por las leyes, que pueden fijar condiciones razonables para acceder a un cargo. No sería discriminatorio excluir a alguien por una discapacidad. La idoneidad ética colectiva o pública se clasifica según pautas de justicia.
- Igualdad fiscal: quienes están en las mismas condiciones económicas deben pagar los mismos impuestos. Los impuestos deben respetar los principios de igualdad.
- Proporcionalidad: los impuestos deben variar en función de la capacidad contributiva.
- Progresividad: quien gana más debe pagar una mayor tasa de impuestos.
Art. 15: Abolición de la esclavitud
Abolición de la esclavitud en la reforma constitucional de 1860 (primera reforma).
Esclavitud
Acción por la cual un ser humano está sujeto a la voluntad y acción de otro.
Rechaza toda forma de trabajo que degrade la dignidad. Se prohibió el trabajo infantil y la explotación de adultos y extranjeros.
Trata de personas
Captación, transporte, traslado, dentro o desde el exterior, acogida o recepción de personas mayores de 18 años para su explotación, logrado mediante engaño, violencia, amenaza o abuso de autoridad.
Derechos de la víctima (obligación del Estado)
- Recibir información de sus derechos en un idioma que entienda.
- Alojamiento apropiado, manutención, alimentación e higiene.
- Asistencia psicológica, jurídica y médica gratuita.
- Prestar testimonio en condiciones de protección y cuidado.
- Protección del individuo y de su familia.
- Integridad física y psicológica.
- Ser oída en todas las etapas.
- Protección de su identidad e integridad.