Lenguaje jurídico inglés: características, léxico y traducción jurada

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Características del lenguaje jurídico

El lenguaje jurídico es extremadamente conservador frente al carácter dinámico de otros tecnolectos, como el lenguaje económico y financiero.

Nivel estilístico

La frecuencia de letras mayúsculas es un rasgo distintivo del inglés jurídico y tiene como función enfatizar ciertas partes del texto o resaltar ciertos términos, como las iniciales góticas que se usan en testamentos.

Los textos jurídicos redactados en inglés tienen también unas marcadas convenciones tipográficas (tipo de letra, uso de negritas y sangrados, numeración de párrafos, etc.). La razón es diferenciar claramente los apartados del documento y resaltar la importancia de los mismos. La numeración de los párrafos ayuda a las partes y a sus abogados a referirse a ellos y a encontrar rápidamente la información necesaria.

La ausencia de puntuación es otro rasgo característico del inglés jurídico que aparece en algunos documentos arcaicos (testamentos), lo que dificulta la lectura.

Nivel léxico

Léxico común o términos de la lengua general con un significado especial:

  1. Action: «proceso judicial».
  2. Construe: «interpretar».
  3. Hand: «firma».
  4. Serve: «notificar».
  5. Instrument: «documento legal».
  6. Demise: fallecimiento / cesión de derechos.
  7. Executed: otorgar.
  8. Specialty: contrato.

Arcaísmos y expresiones formales

  1. Know all men by these presents (a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed).
  2. For the reason that (debido a que).

Palabras y expresiones latinas y francesas de uso no ordinario

  • Latinas: onus probandi (la carga de la prueba), ad hoc (por este motivo), mens rea (intención dolosa), prima facie (a primera vista), ultima voluntas (última voluntad).
  • Francesas: action sur le cas, force majeure (fuerza mayor), plaintiff (demandante), sous peine de (bajo pena de).

Tecnicismos o términos de especialidad

No existen en el léxico general: ex parte (a instancia de parte), habeas corpus (ley básica de protección de los derechos del detenido), alibi (coartada).

Jerga profesional: cada rama del derecho tiene términos propios.

Nivel morfosintáctico

Por lo general, las frases son muy largas, se utilizan grupos verbales peculiares y locuciones preposicionales típicas de este lenguaje y poco frecuentes en la lengua ordinaria (in accordance with, according to, in the event of, by virtue of, as to, etc.). Es frecuente encontrar oraciones con multitud de cláusulas subordinadas.

Preposiciones sufijadas frecuentes:

  • Hereafter: en lo sucesivo.
  • Hereby: por el/la presente.
  • Herein: en el presente, que aquí se menciona.
  • Hereinafter / below / under: más abajo, en lo sucesivo, a continuación.
  • Hereof: del presente, de este.
  • Hereto: al presente.
  • Hereupon: sobre esto, por consiguiente.
  • Herewith: anexo, adjunto, que se acompaña.
  • Thereabout: aproximadamente.
  • Thereafter: a continuación, más adelante.
  • Thereat: por tal motivo, a tal respecto.
  • Hereinbefore / above: más arriba, previamente.
  • Thereto: al mismo.
  • Hereon: sobre esto, relativo al presente.
  • Heretofore: hasta ahora.

Otra característica sintáctica del inglés jurídico es el uso de la voz pasiva.

Nivel textual

Son característicos los conectores y la abundante repetición léxica. Los más frecuentes en los textos jurídicos son los denominados conectores adverbiales, que introducen una condición o ponen en relación unas cláusulas con otras: subject to, without prejudice, provided always, notwithstanding.

Dobletes: able and willing (capaz y dispuesto), terms and conditions (términos y condiciones), agree and acknowledge (aceptar y reconocer), all and every (todos y cada uno), indemnify and hold harmless (exonerar de responsabilidad), will and testament, null and void (no válido), act and deed (voluntad expresa), accord and satisfaction (acto de conciliación).

Tripletes: cancel, annul and set aside (cancelar, anular y dejar sin efecto), form, manner and method (forma, manera y método), give, devise and bequeath (dar, dejar en testamento y legar), hold, possess and enjoy (tener, poseer y disfrutar), rest, residue and remainder (resto, bienes residuales y remanente).

La traducción jurídica

La traducción jurídica es la traducción de una lengua a otra de los textos que se utilizan en las relaciones de contenido jurídico entre los ciudadanos y la Administración o entre particulares, como contratos de compraventa o poderes notariales. Todas las traducciones son redactadas por especialistas y contienen gran cantidad de términos jurídicos.

Es necesario adaptarla a la función de la traducción, respetar la división y estructura del original (párrafos y subpárrafos) y traducir los nombres de instituciones y organismos para que se identifiquen correctamente.

Traducción jurada

Es la versión de un texto de una lengua a otra en la que el fedatario (notary) da fe (certifies / notarises / authenticates) de que la traducción propuesta corresponde al original. La realiza un intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Diferencias de la traducción jurada: debe estar firmada y sellada por el traductor, tiene carácter oficial ante las autoridades, solo se puede entregar en papel, debe reflejar todo lo del original, incluidos los elementos paratextuales (sellos, firmas). Cualquier tipo de texto (personal, judicial, comercial, etc.) puede ser traducido. La característica principal es que un traductor jurado certifica que la traducción es fiel al original.

Apostilla

La apostilla es un método simplificado de legalización de documentos que verifica la autenticidad de las firmas que contienen, introducido por el Convenio de La Haya de 1961.

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