Isabella II (1833-1843): Las Regencias y la Carta Real

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Isabella II. (1833-1843): Las Regencias

La Regencia de María Cristina de Nápoles

Maria Cristina es la primera garante de los derechos sucesorios años más tarde confirma a su hija Isabel como Reina de España. Esto se logra en consenso con la facción liberal del ejército para cumplir las expectativas de Carlos María Isidro. Bajo la regencia se destaca la continuidad en el gobierno de Francisco Cea Bermúdez como presidente del Consejo de Ministros hasta 1834. Cea actúa como un déspota ilustrado, marginando el poder, gran parte de la opinión pública, disminuyendo el apoyo a la causa de la Reina. Durante este período, se destaca la creación de la provincia de Jaén, nueva división territorial, obra de Javier de Burgos. La paralización política choca con la necesidad de la monarquía de establecer alianzas con los liberales moderados que desean una regulación constitucional que pueda ganar sobre la lista de carros.

La Carta Real

La presión de los capitanes generales lleva al gobierno en enero de 1834 incluso al antiguo doceanista, Francisco Martínez de la Rosa, quien aísla a los extremistas o exantos elementos liberales y se compromete a facilitar un programa político para entregar el trono a Isabel II. La reforma más importante es la promulgación de la Carta Real, además de Martínez de la Rosa, Garelli y Burgos en 1834. Esta es un modelo inspirado en la Carta otorgada por la Carta francesa y la tradición jurídica española. Sus características fundamentales son:

  • Sistema de Representación. Se establecen las Cortes, compuestas por dos cámaras: Estado de los Pares. Conformado por los nobles y la alta jerarquía de España, arzobispos, obispos, etc. Estado de los Procuradores. Elegidos por los ciudadanos mayores de 30 años con altos ingresos anuales. Prerrogativa de la Corona. Solo la Corona tiene la capacidad de convocar y disolver las Cortes.

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